El pasado 12 de marzo se hizo realidad una necesidad exigida por las bibliotecas de Canarias. Querían una ley que las regulase y que, sobre todo, las pusiera en valor. La «Ley de lectura y las bibliotecas de Canarias» ha sido la última ley autonómica en llegar y ha contado con el apoyo de todos los grupos del Parlamento de Canarias.
No ha pasado más de un año desde que fue registrada la iniciativa en dicho parlamento (31 de mayo de 2018) hasta su aprobación (12 de marzo de 2019). Lo que lleva a pensar en la desidia y desinterés previo en esta cuestión. Ya sabéis cómo se las gastan los partidos políticos con las bibliotecas. En el siguiente enlace podréis consultar todos los trámites por los que ha pasado la iniciativa, los oradores y los diarios de sesiones: 9L/PL-0015 De Bibliotecas de Canarias.

Artículo 1.- Objeto
1. Es objeto de la presente ley establecer las bases y estructura necesarias para la planificación, creación, organización, funcionamiento promoción, coordinación y evaluación del sistema bibliotecario de Canarias, garantizando el derecho de las personas usuarias, en igualdad de condiciones, al acceso a la información, al conocimiento y a la lectura en el marco de la sociedad del conocimiento y de las nuevas tecnologías.
2. La presente ley tiene también por objeto regular la promoción de la lectura mediante la aprobación y desarrollo de planes de fomento.
3. Asimismo, es objeto de la presente ley regular el patrimonio bibliográfico de Canarias, para garantizar su protección, conservación, enriquecimiento, fomento, investigación y difusión. Patrimonio bibliográfico al que resultará de aplicación, en todo lo no previsto en la presente ley, la normativa vigente en materia de patrimonio cultural de Canarias.
Destacable también el artículo 13 de la propia ley de bibliotecas, en el que se menciona que en todos los municipios de Canarias habrá, al menos, una biblioteca pública accesible dotada de los servicios bibliotecarios básicos y de acceso tecnológico. En los municipios con población inferior a 5000 habitantes, la comunidad autónoma y los cabildos colaborarán con los municipios para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.
En el artículo 34 se comenta que la lectura deberá ser promovida y fomentada por el conjunto de las administraciones públicas canarias con competencias en materia de educación y cultura, y que se realizará a través de políticas educativas y culturales que promuevan su extensión especialmente desde los centros educativos y a través de las bibliotecas públicas. Además, contarán con el apoyo de radio televisión pública de Canarias a través de la realización de campañas y programas específicos de fomento del libro y de la lectura, con especial atención a los de contenidos o autores canario.
El artículo 42 aborda el tema de los Recursos humano. Se prevé algo que en principio se tendría que dar por supuesto, pero que no está de más en que se recalque y se deje constancia:
Para la adecuada prestación de los servicios bibliotecarios, los centros integrantes de la Red de Bibliotecas Públicas de Canarias contarán con el personal bibliotecario y auxiliar suficiente, con la calificación, el nivel técnico y las capacidades adecuadas que exijan las funciones que tengan asignadas de acuerdo con lo que establezca la presente ley.
Como señala la propia Asociación de Bibliotecarios/as y documentalistas de Canarias: «Por fin se ha hecho realidad una demanda histórica. Ahora comienza la etapa en la que tendremos que estar vigilantes y exigir su cumplimiento». Muchísimas felicidades a todas las bibliotecas, profesionales y, cómo no, a todas las personas usuarias y no usuarias de las bibliotecas canarias.
Imagen superior cortesía de Shutterstock
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