El pasado mes de diciembre se aprobó el anteproyecto de ley por el que se modifica la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal para adaptarla a la situación actual de la producción editorial española. Este cambio en la legislación permite cumplir un papel más efectivo en la conservación de la edición nacional y optimizar la gestión de los centros de conservación.
El depósito legal es la normativa que permite a la Biblioteca Nacional de España y a los centros de conservación de las Comunidades Autónomas recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo editadas en cualquier clase de soporte (tanto físico como en línea), con la finalidad de cumplir con el deber de preservar el patrimonio bibliográfico y documental español.
Además de las publicaciones en formato físico, la Biblioteca Nacional de España y las Comunidades Autónomas son responsables de la conservación del patrimonio que nace digital, las publicaciones en línea, tanto sitios web como libros o revistas electrónicas. Todo ello hace que solamente la Biblioteca Nacional de España reciba anualmente a través del depósito legal unos 400.000 documentos en soporte físico y cuente ya con 120.000 libros digitales y en torno a un petabyte de sitios web españoles recolectados.
Principales cambios aprobados con el anteproyecto de ley por el que se modifica la Ley de Depósito Legal
El principal cambio que se incluye tras la aprobación del anteproyecto de ley tiene que ver con la entrega por parte de los editores de los archivos digitales previos a la impresión. El objetivo principal es facilitar la conservación y el acceso a los documentos, además de no tener que digitalizar en el futuro estos ejemplares.
Se solicita el envío por parte de editores de libros y publicaciones periódicas de una versión digital de las obras editadas físicamente, con el fin de contar con un respaldo digital de las obras en papel, poder facilitar el acceso por esta vía y, así, mejorar la conservación de los documentos físicos y evitar futuros costes de digitalización a partir del papel de obras que cuentan de inicio con una versión digital.
Otro cambio destacado es el reconocimiento como centro de conservación a la Filmoteca Española, cuyos objetivos son la recuperación, investigación y conservación del patrimonio cinematográfico español y su difusión.
También destaca la incorporación de nuevas tipologías documentales que serán objeto de depósito legal, como los videojuegos; las publicaciones de impresión bajo demanda; los catálogos comerciales de librerías, editoriales y subastas, así como los marcapáginas; y obras y documentos audiovisuales; en coherencia con la Ley de Propiedad Intelectual. Por el contra, se eliminan del depósito legal las microformas y los pasatiempos.
Además, el texto incorpora los cambios derivados de la aprobación en 2015 del Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea, que facilitaba la conservación del patrimonio digital.
Fuente: Ministerio de Cultura y Deporte |
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